Guía del Inversor – Sistema Laboral - Características Específicas de los Contratos de Trabajo de Extranjeros

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Sistema laboral

 

6. Características específicas de los contratos de trabajo de extranjeros

 

Los trabajadores extranjeros o expatriados autorizados para ejercer una actividad profesional en territorio portugués tendrán los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores de nacionalidad portuguesa.

 

Los contratos celebrados con trabajadores extranjeros o expatriados tendrán que constar por escrito y, además de la posible aplicación de las formalidades específicas previstas para los contratos por tiempo determinado, deberán incluir los siguientes datos:

(a)        Identificación, firma y dirección completa de las partes;

(b)        Alusión al permiso de trabajo o certificado que autoriza la residencia permanente o temporal del trabajador en territorio portugués;

(c)        Actividad del empresario;

(d)        Puesto y salario del trabajador;

(e)        Lugar de trabajo y horario de trabajo normal;

(f)         Cuantía, frecuencia y método de pago del salario;

(g)        Fecha de formalización de contrato de trabajo;

(h)        Fecha del contrato y de entrada en vigor.

 

El trabajador tendrá que incorporar asimismo al contrato la identificación y domicilio del beneficiario o beneficiarios de la pensión correspondiente en caso de fallecimiento por enfermedad o accidente profesional.

 

El contrato de trabajo deberá formalizarse por duplicado (un ejemplar para cada parte). El ejemplar del empresario tendrá que incorporar prueba del cumplimiento de las obligaciones legales relativas a la entrada y residencia del trabajador extranjero o expatriado en Portugal.

 

El empresario tendrá que notificar a las autoridades laborales portuguesas por vía telemática:

(a)        La formalización de un contrato de trabajo con un trabajador extranjero o expatriado antes de su celebración;

(b)        La resolución del contrato de trabajo en un plazo de quince días a partir de la fecha en que tenga lugar.

 

 

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